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La Audiencia de Barcelona rechaza el recurso de la cantante y la deja a un paso del banquillo por defraudar 14,5 millones.

 
Shakira irá finalmente a juicio por presuntamente haber defraudado a la Agencia Tributaria 14,5 millones de euros, después de que la Audiencia de Barcelona desestimó el recurso de la artista y avalara la decisión del juez instructor de Esplugues de Llobregat, que considera que existen «indicios suficientes» para continuar el proceso por la comisión de delitos contra la Hacienda Pública española.

El pasado mes de octubre, la cantante colombiana aparecía —junto a una larga lista personalidades conocidas como el del cantante Julio Iglesias, el escritor Mario Vargas Llosa o el popular Xavier García Albiol— en los Papeles de Pandora por tener varias sociedades offshore en las Islas Vírgenes Británicas.

La investigación, realizada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ, por sus siglas en inglés) y en las que han participado 150 medios de comunicación de 117 países (incluidos El País y La Sexta), apuntaba a que la cantante colombiana tendría un total de tres empresas en el paraíso fiscal: Light Productions Limited y Light Tours Limited, que datan de finales de los 90 y principios de los 2000, y Titania Management Inc., registrada entre 2018 y 2019, por 40.000 euros.

Tras conocerse la decisión del tribunal, la defensa de Shakira ha emitido un comunicado para mantener que su conducta en materia tributaria «siempre ha sido intachable». Sus abogados apuntan para ello a que la Audiencia de Barcelona no «desestima los argumentos planteados por la defensa», sino que se limita a «emplazar a las partes a presentar sus alegaciones en un momento procesal distinto». También remarcan que la cantante ya ha pagado 14,5 millones a Hacienda y otros tres en intereses.

La Fiscalía tendrá que presentar ahora su escrito de acusación con la correspondiente petición de cárcel, pero en 2019, a la hora de pedir su imputación, ya apuntaba a que Shakira vivió entre 2012 y 2014 en Cataluña. «La querellada permaneció de manera efectiva en España 243 días en 2012, 212 días en 2013 y 244 días en 2014 y se ausentó de este país, por los motivos indicados anteriormente [el programa ‘The Voice’ en Estados Unidos], para atender sus compromisos profesionales y de ocio», advertía.

 Frente a esta tesis, Shakira solo reconocía en su recurso «una presencia efectiva de 163, 159 y 178 días» e insistía en que «tenía residencia fiscal en Bahamas», pero la Fiscalía sostiene que «durante los años 2012 a 2014 la querellada no estuvo ningún día de presencia física [en Bahamas] y no consta que presentara declaración de impuesto de renta y patrimonio, ni declaración de ningún otro tipo de impuesto».

Con ambas posturas sobre la mesa, el tribunal echa por tierra el recurso de Shakira: «La residencia fiscal en otro país no es incompatible con la residencia fiscal en España», advierte. «Partimos de que existen en la causa elementos suficientes para estimar la concurrencia de indicios de que la recurrente había fijado su residencia habitual en España, y que permaneció 183 días físicamente en España al margen de las salidas que pudieran considerarse ocasionales, puntuales o esporádicas».

 En cuanto al argumento de que «nunca tuvo conocimiento de que su conducta pudiera ser delictiva», la Audiencia de Barcelona desestima el mismo con base en su declaración ante el juez de instrucción: «De la misma se desprende con claridad, porque así se lo transmitieron sus asesores, que sabía que no debía permanecer físicamente en España más de 183 días y que ese hecho era determinante de su obligación de tributar», explica. «No cabe que haya incurrido en error ni puede excluirse la presencia de dolo».